
¿Los agentes de inmigración pueden entrar a un templo religioso y arrestar a alguien?
Durante 30 años, la respuesta fue “solo en casos muy especiales”.
Pero desde que asumió Trump la situación cambió: ahora los agentes pueden entrar a iglesias, sinagogas, mezquitas o cualquier otro lugar religioso cuando lo consideren necesario.
Esta decisión encendió las alarmas en varias comunidades religiosas, que llevaron el caso a los tribunales.
El pasado lunes 24 de febrero de 2025 se conoció la primera decisión al respecto: una medida cautelar de un juez de Maryland que prohibió temporalmente a las autoridades migratorias llevar a cabo operativos en ciertos lugares de culto.
En este artículo, te contamos todo sobre las políticas respecto de lugares religiosos, cómo fueron cambiando con los años y de qué trata esta nueva medida cautelar.
La política previa a 2021
Ya desde el año 1993, se consideraba que las iglesias, mezquitas, sinagogas y otros lugares religiosos eran “sensibles” en los Estados Unidos. Esto quería decir que las autoridades de control migratorio no tenían permitido llevar a cabo operativos en estos lugares o cerca de ellos. Otros lugares considerados sensibles son hospitales o escuelas.
Esta práctica buscaba equilibrar dos intereses importantes: por un lado, la necesidad del gobierno de hacer cumplir las leyes migratorias y, por otro, el derecho constitucional de las personas a practicar su religión sin interferencias. La idea era evitar que la presencia de agentes armados perturbara la paz y tranquilidad necesarias para el culto religioso.
La política a partir de 2021
En 2021, el gobierno de Biden estableció reglas claras sobre cómo y cuándo las autoridades migratorias podían actuar en lugares religiosos.
La política, conocida como “Memorando Mayorkas”, partía de un principio fundamental: las operaciones de control migratorio no debían realizarse en o cerca de lugares de culto, salvo en circunstancias muy específicas. Por ejemplo, solo se permitían operativos si existía una amenaza a la seguridad nacional, un riesgo inminente de violencia o la persecución de alguien que representara un peligro público.

Además, la política exigía que los agentes obtuvieran aprobación previa de sus superiores antes de realizar cualquier operación y, en casos urgentes, debían reportar sus acciones inmediatamente después. La idea era garantizar que cualquier intervención en estos espacios sagrados fuera verdaderamente necesaria y se realizara de manera que minimizara la interrupción de las actividades religiosas.
La postura del gobierno de Trump
Desde que asumió Trump en enero de 2025, la política respecto de operaciones migratorias en lugares religiosos cambió.
A diferencia de las protecciones anteriores, ahora los agentes tienen total discreción para realizar operativos en iglesias, templos y otros lugares de culto, sin necesidad de obtener aprobaciones previas o demostrar circunstancias especiales.
La única guía que reciben los oficiales es usar su “sentido común” y “discreción” al momento de decidir cuándo y cómo realizar operaciones en estos lugares sensibles.
El gobierno justificó este cambio argumentando que los criminales usaban estos espacios como refugio y que era necesario dar más libertad a los agentes para hacer su trabajo.
La demanda
Un grupo de organizaciones religiosas —que incluye a cuáqueros, baptistas y un templo sij— demandó al Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) y a Kristi Noem, la secretaria de Seguridad Nacional.
Lo que buscan es frenar la nueva política migratoria de Trump que permite operativos sin restricciones en lugares de culto, porque consideran que viola su derecho a asociarse libremente, garantizado por la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

En su demanda, solicitan que un juez declare ilegal e inconstitucional la política de 2025, argumentando que el gobierno no tiene autoridad para eliminar unilateralmente las protecciones que existían para estos espacios sagrados.
Los demandantes piden que se mantengan las salvaguardas anteriores, que requerían circunstancias especiales y aprobaciones previas para realizar operativos en iglesias, templos y otros lugares religiosos.
La decisión del juez
Tras escuchar los argumentos de ambas partes en una audiencia, el juez Chuang emitió una medida cautelar. Una medida cautelar es una orden temporal y preventiva que emite un tribunal mientras se resuelve un caso judicial.
En su decisión del 24 de febrero de 2025, el juez dictaminó que, mientras se discuta el fondo del asunto, la política de Trump sobre lugares de culto no va a aplicarse a los grupos religiosos que presentaron la demanda. Estos grupos representan a aproximadamente 1700 lugares de culto en 35 estados, Washington D. C. y Puerto Rico. Gracias a esta medida cautelar, en estos lugares puntuales, van a tener que respetarse las protecciones de la política de 2021 que te explicamos más arriba (es decir, ICE podrá realizar arrestos pero solo si tiene una orden judicial o administrativa).
Para conceder la medida cautelar, el juez tuvo en cuenta que las políticas de Trump tuvieron un efecto disuasorio entre los inmigrantes, que por miedo dejaron de asistir a los lugares de culto. Además, argumentó que la política de Trump no respeta la libertad de religión de estos grupos, garantizada en la Primera Enmienda.
¿Qué pasa con otros lugares de culto o sensibles?
Los grupos religiosos que presentaron la demanda pidieron al juez Chuang que la medida cautelar tuviera alcance nacional, así podía abarcar a todos los lugares de culto del país y no solo a ellos.
Pero el juez no les dio la razón a los demandantes en este punto. Decidió, en cambio, que la protección valía solo para ellos.

En lugares de culto que no están afiliados a los demandantes por el momento, entonces, sigue rigiendo la política de Trump.
Conclusión
Lo que decidió el juez Chuang es solo temporal, no es la decisión final del caso. El juez todavía deberá analizar en profundidad los argumentos de ambas partes para determinar si la nueva política es legal y constitucional.
Recordemos también que esta no fue la única demanda presentada respecto de este tema, por lo que podría haber novedades que surjan de otros tribunales pronto.
Por ahora, sin embargo, solo algunos lugares de culto mantienen sus protecciones. La mayoría sigue a merced del criterio de los agentes de inmigración.
Seguiremos informando sobre los nuevos desarrollos de este caso que mantiene en vilo tanto a las autoridades como a las comunidades religiosas de todo el país.
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