
¿Quieres trabajar en Estados Unidos?
Hay varias visas de trabajo y una que quizás no conozcas es la visa R, para trabajadores religiosos.
La visa R permite a trabajadores religiosos ingresar temporalmente a los Estados Unidos para trabajar en organizaciones religiosas sin fines de lucro.
Se trata de una visa de no inmigrante, es decir que no conduce a la residencia. Cuando acaba el propósito específico por el cual la visa fue concedida, la persona debe regresar a su país de origen.
En este artículo te contamos quiénes pueden pedir esta visa, cuáles son sus requisitos, su período de validez y más.
¿Por qué una visa para trabajadores religiosos?
Estados Unidos alberga una gran diversidad de grupos religiosos.
En este contexto de pluralidad espiritual, la visa R cumple un propósito fundamental: permite a organizaciones religiosas traer trabajadores especializados del extranjero para satisfacer necesidades críticas que no pueden cubrirse localmente.
Esta categoría migratoria responde a desafíos concretos, como la disminución del 60 % en el número de sacerdotes católicos desde 1970, que ha dejado a miles de parroquias sin pastores residentes.
Las comunidades judías, por su parte, enfrentan dificultades para encontrar instructores calificados de hebreo y estudios judaicos.
A la vez, musulmanes e hindúes en áreas rurales frecuentemente necesitan clérigos formados en sus tradiciones específicas.

La visa R reconoce la naturaleza única del trabajo religioso y proporciona un marco legal específico para estos trabajadores, en lugar de forzarlos a encajar en otras categorías migratorias.
Tipos de visa R
Hay dos tipos de visa R.
La visa R-1, que es para sacerdotes, pastores, rabinos, imanes y otros trabajadores religiosos.
La visa R-2, que es para los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de titulares de la visa R-1.
Quiénes pueden obtener una visa R-1
La visa R-1 es para extranjeros que quieren ingresar a los Estados Unidos para trabajar de manera temporal, al menos a tiempo parcial (un promedio mínimo de 20 horas por semana).
Deben ser pastores o personas que trabajan en una ocupación o vocación religiosa de forma profesional.
Además, deben haber sido contratados por determinado tipo de organización religiosa o afiliada a una organización religiosa.
Por último, deben haber sido miembros de la misma denominación religiosa para la cual quieran venir a trabajar a Estados Unidos, durante al menos los dos años inmediatamente previos a la presentación de la petición. Entonces, por ejemplo, si un sacerdote católico cambia de confesión y empieza a ejercer como ministro protestante, tiene que esperar dos años desde el cambio para poder pedir la visa R-1.
¿Qué clase de organizaciones pueden contratar a un trabajador religioso?
Hay tres tipos de organizaciones que pueden peticionar a extranjeros como trabajadores religiosos:
- Organización religiosa sin fines de lucro: Esta es la categoría más directa. Se refiere a iglesias, mezquitas, sinagogas, templos u otras instituciones religiosas formalmente establecidas como entidades sin fines de lucro. Ejemplos incluyen una parroquia católica, una congregación protestante, una mezquita islámica o un templo budista.
- Organización religiosa afiliada a una denominación religiosa: Esto incluye entidades que están formalmente conectadas con una organización religiosa más grande. Por ejemplo, una escuela católica administrada por una diócesis, un hospital administrado por una organización judía o una organización de caridad dirigida por una denominación protestante.
- Organización sin fines de lucro afiliada a una organización religiosa: Esta categoría abarca instituciones que no son explícitamente religiosas en su función principal, pero están afiliadas a una organización religiosa. Por ejemplo, una universidad fundada por una orden religiosa, un centro comunitario administrado por una iglesia, o una organización de servicios sociales vinculada a una mezquita.

Para que se entienda mejor:
- Una iglesia metodista puede contratar a un pastor extranjero con visa R-1.
- Un seminario teológico puede traer a un profesor de estudios religiosos.
- Un hospital católico puede contratar a un capellán.
- Una escuela judía puede emplear a un rabino para enseñar estudios religiosos.
- Una organización de caridad musulmana puede traer a un imán para liderar oraciones y proporcionar orientación espiritual.
Cómo solicitar una visa R-1
El proceso para solicitar la visa R-1 no es simple.
En primer lugar, la organización que va a emplear al trabajador religioso debe presentar el formulario I-129 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Es la organización la que peticiona: el trabajador religioso no puede presentar este formulario por sí mismo.
La peticionaria debe demostrar que es una organización religiosa sin fines de lucro “de buena fe” en Estados Unidos. Esto se hace presentando evidencia de que está exenta de impuestos según la sección 501(c)(3) del Código de Ingresos Internos de 1986.
También tiene que proporcionar información detallada sobre el funcionamiento de la organización (el número de miembros, sus responsabilidades, etc.) y sobre el puesto ofrecido al trabajador extranjero (título del puesto, funciones, compensación, ubicación, etc.).
Además, debe presentar evidencia de que el trabajador religioso es miembro de la denominación religiosa hace por lo menos dos años, y que está calificado para ejercer el puesto ofrecido.
Luego, USCIS revisa la petición y verifica la legitimidad de la organización religiosa. Para confirmar la relación entre el empleador y la organización, USCIS puede realizar una inspección del lugar.
La inspección puede darse antes de que USCIS tome una decisión final sobre la solicitud, como condición para la aprobación. Si no la hace antes, USCIS también puede llevar a cabo una inspección después de aprobada la petición, en caso de sospecha de fraude o ante cambios sustanciales de la organización desde la solicitud.
Si USCIS aprueba la solicitud, el trámite puede continuar de dos maneras distintas, según el trabajador esté fuera de los Estados Unidos o ya se encuentre en el país.
Si el trabajador está fuera de los Estados Unidos, debe hacer el trámite en su consulado, presentando el formulario DS-160 en línea. La oficina consular determinará si es elegible para recibir la visa R-1 luego de una entrevista.
Aprobada la visa, el trabajador puede viajar a los Estados Unidos. En el puerto de entrada, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) determinará si el beneficiario puede ser admitido en Estados Unidos. De ser así, el trabajador ya puede ingresar a los Estados Unidos y comenzar su labor en la organización patrocinadora.
Si el trabajador está ya en los Estados Unidos, deberá solicitar un cambio de estatus, presentando el formulario I-539.
Duración y extensión
La visa R-1 se concede inicialmente por un período de hasta 30 meses (es decir, dos años y medio).
Luego puede pedirse una extensión por un período máximo de 30 meses más.
El período de estadía total en Estados Unidos no puede ser mayor a los 60 meses (5 años).
Si una persona ya estuvo en los Estados Unidos con una visa R-1 por un período de 5 años, no puede volver a pedir la visa R-1 para tener otros 5 años más, salvo que haya vivido fuera de los Estados Unidos al menos un año.
La visa R-2 para familiares
El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de edad del trabajador religioso con visa R-1 pueden calificar para una visa R-2.

Un dependiente R-2 no está autorizado a trabajar en los Estados Unidos con esta visa. Pero sí tiene la posibilidad de estudiar a tiempo completo o parcial, sin necesidad de pedir una visa de estudiante.
Otras opciones de visa para trabajadores religiosos
Además de la visa R-1, existen otras visas que un trabajador religioso podría solicitar, según sus circunstancias.
La visa basada en el empleo EB-4 está prevista para varios tipos de personas, no solo para trabajadores religiosos, pero los incluye. Con esta visa, el trabajador religioso está obligado a trabajar a tiempo completo. Se trata de una visa más difícil de conseguir en cuanto a los requisitos, pero tiene una ventaja importante: te permite conseguir una Green Card.
La visa de visitante B es la más adecuada si el trabajador religioso solo quiere ingresar temporalmente para, por ejemplo, participar en una conferencia o realizar una gira religiosa sin asumir un cargo en un lugar de culto específico. En estos casos, los salarios y reembolsos deben ser pagados por su propia organización religiosa fuera de los Estados Unidos.
Si te interesa saber más sobre esta u otra visa, programa una consulta con nosotros aquí.